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La inhabilitación a Guaidó es por un fraude fiscal al no declarar más de 310 millones de bolívares en viajes.

La inhabilitación a Guaidó es por un fraude fiscal al no declarar más de 310 millones de bolívares en viajes. | Foto: Reuters

Publicado 29 marzo 2019



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El contralor general de Venezuela, Elvis Amoroso, indicó que la inhabilitación se aplica según la Ley contra la corrupción.

La inhabilitación política por 15 años del diputado Juan Guaidó responde a las violaciones a la ley orgánica de la Contraloría General de Venezuela, luego que el político se negó a justificar las fuentes de sus ingresos.

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La inhabilitación al diputado de la Asamblea Nacional de Venezuela con la sanción máxima de 15 años para desempeñar cualquier cargo público, es por un fraude fiscal al no declarar más de 310 millones de bolívares en viajes y de 260,4 millones de bolívares en alojamientos dentro y fuera del territorio venezolano.

El contralor general, Elvis Amoroso, indicó que la inhabilitación se aplica según la Ley contra la Corrupción en Venezuela.

Amoroso, quien inició una auditoría en febrero, indicó que Guaidó ha realizado más de 91 viajes al extranjero con un costo superior a los 310 millones de bolívares (unos 100 mil dólares) "sin justificar la fuente de ingresos".

La decisión se tomó "considerando que el diputado Juan Guaidó se ha negado a presentar su declaración jurada (...) ha violado sistemáticamente nuestra Carta Magna (...) ha usurpado funciones públicas y ha cometido acciones con gobiernos extranjeros que han perjudicado al pueblo de Venezuela", señaló.

Razones de la inhabilitación a Guaidó

Guaidó estuvo más de ocho meses fuera de Venezuela con gastos en alojamiento que exceden los 260,4 millones de bolívares, sin declarar ni explicar de dónde proviene el dinero para costearlos. El funcionario de la Asamblea Nacional en desacato está en la obligación legal de declarar el origen de esos fondos.

Según la abogada Ana Cristina Bracho, el diputado Guaidó tiene unas funciones propias, unos derechos particulares y unas prohibiciones absolutas, entre ellas figura la absoluta prohibición de aceptar honores, cargos y recompensas de países extranjeros, salvo previo estudio y autorización de aquél cuerpo, indicó la experta venezolana.

La Contraloría General de la República es el órgano de control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos, bienes públicos y bienes nacionales, así como de las operaciones relativas a los mismos. En ese sentido, tiene la potestad de solicitar declaraciones juradas de patrimonio a los funcionarios y funcionarias públicos del país.

El artículo 187 de la Constitución de Venezuela indica que los diputados y diputadas están obligados a solo ejercer labores exclusivas al beneficio del pueblo de Venezuela y no pueden recibir ingresos adicionales, ni ejercer cargos distintos a sus funciones parlamentarias.


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