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Las medidas coercitivas unilaterales contra Cuba, Nicaragua y Venezuela pretenden, sin éxito, lograr un cambio de sistema político en dichos países.

Las medidas coercitivas unilaterales contra Cuba, Nicaragua y Venezuela pretenden, sin éxito, lograr un cambio de sistema político en dichos países. | Foto: ACN

Publicado 21 diciembre 2020



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Las nuevas medidas amplían el récord de presiones ejercidas por la Administración Trump hacia los países progresistas durante 2020.

El Departamento del Tesoro de Estados Unidos anunció este lunes la inclusión en la llamada "lista negra" de medidas coercitivas unilaterales a varios individuos y entidades de Nicaragua y Cuba, en el marco de la campaña de la Administración de Donald Trump contra los países progresistas de América Latina y el Caribe.

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En relación con Nicaragua, las medidas de presión se impusieron contra el vicepresidente de la Corte Suprema, Marvin Ramiro Aguilar García, el diputado Walmaro Antonio Gutiérrez Mercado y un jefe de la Policía en la localidad de León, Fidel Jesús Domínguez Álvarez.

La justificación esgrimida es que estas tres personas apoyan supuestas persecuciones políticas que lleva a cabo el Gobierno sandinista encabezado por Daniel Ortega.

En canto a Cuba, la lista se "actualiza" con tres entidades adscritas a las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR), siendo estas el Grupo de Administración Empresarial S.A. (GAESA) y las firmas subsidiarias Financiera Cimex S.A. y Kave Coffee S.A. Según Estados Unidos, GAESA se ha servido de negocios en Panamá para evitar las sanciones norteamericanas.

El año 2020 ha sido uno de los más prolíficos en cuanto a la imposición de medidas coercitivas unilaterales en contra de Cuba y Nicaragua, además de Venezuela. El interés declarado, aunque no exitoso, es lograr un cambio de sistema político en cada una de esas naciones, por otros más afines a los intereses estadounidenses.

Los Gobiernos de los países afectados han denunciado reiteradamente que estas conductas de las autoridades estadounidenses violan de manera flagrante el derecho internacional, particularmente, el principio de no injerencia en los asuntos internos de otros Estados.


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