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En medio del Paro Nacional, Migración Colombia expulsó a un grupo de 59 personas de nacionalidad venezolana del territorio colombiano.

En medio del Paro Nacional, Migración Colombia expulsó a un grupo de 59 personas de nacionalidad venezolana del territorio colombiano. | Foto: Twitter @TembloresONG

Publicado 29 diciembre 2021



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Corte Constitucional de Colombia ordena restituir derechos a migrantes expulsados ilegalmente.

La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia concluyó en una sentencia todavía no publicada, cuyas líneas generales ya fueron comunicadas por el propio organismo este miércoles, que a los migrantes expulsados durante el Paro Nacional de 2019 se les vulneró el derecho al debido proceso y a la dignidad humana.

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Aunque el texto completo del fallo sería publicado solo en enero de 2022, el comunicado de prensa informa que la policía colombiana las privó de la libertad de manera arbitraria y migración realizó una expulsión colectiva al no cumplir su deber de motivar individualmente las resoluciones de expulsión. 

En ese sentido, apunta el comunicado, a estas personas no se les garantizó el acceso a la representación jurídica, no se les entregó copia del acta de expulsión, ni tampoco se evaluaron sus circunstancias individuales al momento de tomar la decisión.

Los hechos refieren a lo sucedido en noviembre del 2019 cuando, en medio del Paro Nacional, Migración Colombia expulsó a un grupo de 59 personas de nacionalidad venezolana del territorio colombiano. 

Estas personas fueron detenidas ilegalmente por parte de la Policía Nacional y fueron acusadas de haber protagonizado hechos vandálicos durante las protestas que estaban teniendo lugar en la ciudad de Bogotá en esas fechas, sin pruebas de esta acusación.

En realidad, según testimonios, los afectados fueron sacados de sus trabajos o sus casas.

Según la ONG Dejusticia, "este fallo adquiere una gran relevancia a nivel regional, en un año en el que altas cortes en Chile y Ecuador se han pronunciado asimismo sobre la prohibición de llevar a cabo expulsiones colectivas".

La directora de la Clínica Jurídica para Migrantes de la Universidad de los Andes, de Bogotá, Laura Dib, dijo que "estamos muy contentos con esta decisión". 

Las cifras de Migración Colombia que las llamadas “expulsiones discrecionales” se han convertido en la regla general y no la excepción, pues pasaron en 2015 de representar el 16 por ciento del total de las expulsiones al 94 por ciento en 2020, lo cual representa un aumento de un 728 por ciento.

Además de la Clínica Jurídica de la Universidad de los Andes de Colombia y Dejusticia, también intervinieron en este caso el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (CDH-UCAB), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y varias universidades del país que hacen parte del Programa de Asistencia Legal a Personas con Necesidad de Protección Internacional y Víctimas del Conflicto Armado de la Corporación Opción Legal.


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