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Además de los 7 años y 11 meses de prisión, Ramos quedó inhabilitado para ocupar cargos públicos de por vida.

Además de los 7 años y 11 meses de prisión, Ramos quedó inhabilitado para ocupar cargos públicos de por vida. | Foto: Colprensa

Publicado 1 octubre 2021



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De acuerdo a la Corte, el exsenador uribista actuó a favor de una Ley de justicia y paz benévola,  pese a no contar con autorización legal del Gobierno.

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Colombia condenó este viernes a 7 años y 11 meses de prisión al exsenador y exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos, por el delito de concierto para delinquir en la modalidad de promover grupos paramilitares o parapolítica.

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De acuerdo a la sentencia de la Corte, Ramos recibió apoyo de organizaciones criminales para sus campañas al Congreso y a la Gobernación de Antioquia a cambio de permitir que éstas operaran en las ciudades de Medellín y Bello sin oposición de la Fuerza Pública; además de beneficiar a los paras tras una reunión en 2005 vinculada con la ley de justicia y paz tramitada por el Congreso de la República.

Además de su orden de prisión, la cual deberá cumplir en un centro penitenciario, el expolítico uribista deberá pagar una multa de 7.749 salarios mínimos, y quedó inhabilitado de por vida para ocupar cargos públicos.

"De manera consciente y voluntaria concertó con los grupos de autodefensa aceptar el apoyo que le ofrecían en dinero y votos para las campañas que adelantó hacia al Senador de la República y la Gobernación de Antioquia a cambio de promoverlas en desempeño de sus funciones, teniendo conocimiento de que aliarse con grupos al margen de la Ley era constitutivo de delito", indica la sentencia de la CSJ.

Durante el proceso prestó testimonio Diego Fernando Murillo Bejarano, alias ‘Don Berna’, quien declaró que para las elecciones de 2002 las autodefensas habían expandido ya su poder, apoyando a ciertos candidatos. Y si bien ‘Don Berna’ no recordó hacerlo con Ramos, cinco testigos más lo acreditaron para las campañas de 2002 y 2007.

En tal sentido, la Corte detalla que “el procesado no fue un instrumento utilizado por otras personas para la obtención de los fines que tanto él como las organizaciones paramilitares perseguían, fueron actos planeados que se gestaron a través de las distintas reuniones consolidadas durante varios años a partir de 2001”.

Además, sostuvieron que el proceder del exsenador uribista y dichos grupos armados ilegales incidieron en “el creciente estado de violencia que se presentó en el departamento de Antioquia y en general de tipo estructural en el que continúa sumido el conglomerado local, regional y nacional, menoscabando el interés que el Estado buscaba salvaguardar".

Asimismo, calificaron de “incontrovertible que un ciudadano de tanta influencia en los asuntos locales, regionales y nacionales, se aliara con varios comandantes de los bloques de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), promocionando su actividad criminal y siendo complaciente con sus actos, en calidad de indiscutible reconocimiento de legitimidad del ‘estado de facto’ paramilitar”.

Respecto a los lazos de Ramos se develaron sus nexos con los jefes paramilitares Carlos y Vicente Castaño, fundadores y comandantes máximos de las AUC, y quienes fungieron como sus los principales aportadores de activos para sus campañas. A los que se suman el narcotraficante Juan Carlos 'El Tuso' Sierra, Miguel Arroyave, comandante del Bloque Centauros de las AUC.

La CSJ declaró que a tenor de la causa no procede la condena de ejecución condicional ni la prisión domiciliaria; no obstante, dispuso que Ramos siga gozando de su libertad hasta tanto se ratifique la sentencia dictada en su contra.


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