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La censura y destitución del Ministro del Trabajo de Ecuador requiere el voto favorable de 91 de los 137 miembros de la Asamblea Nacional.

La censura y destitución del Ministro del Trabajo de Ecuador requiere el voto favorable de 91 de los 137 miembros de la Asamblea Nacional. | Foto: El Comercio

Publicado 25 marzo 2021



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El titular de la cartera, Andrés Isch, está señalado por incumplimiento de funciones.

La Comisión de Fiscalización y Control de la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó el miércoles el informe sobre la solicitud de juicio político al Ministro de Trabajo de ese país, Andrés Isch, por incumplimiento de funciones.

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El pedido fue promovido por las parlamentarias Marcela Holguín y Marcela Aguiñaga (Revolución Ciudadana), y se aprobó con nueve votos a favor y una abstención tras una extensa sesión de deliberaciones sobre sus numerosas causales.

De acuerdo con las legisladoras, el funcionario no acató disposiciones de la Constitución y el Código de Trabajo en cuanto a la fijación de un alza en el salario básico unificado para el 2021, con lo cual contravino el principio de favorabilidad para el empleado en la toma de decisiones, valoraron.

Al respecto, la Comisión estableció que la Carta Magna y el Código de Trabajo señalan con claridad que la revisión anual del salario básico se realizará con carácter progresivo.

El grupo de parlamentarios también señaló como otra falta la negativa del funcionario a entregar información sobre su gestión al Observatorio Ciudadano de Discapacidad, Salud Pública, Trabajo y Derechos Humanos.

La Comisión determinó además que Isch se atribuyó funciones que no le corresponden al emitir un acuerdo ministerial para la reducción emergente de la jornada laboral por la pandemia y permitir despidos por caso fortuito o causa mayor.

Ahora el informe de la Comisión será enviado a la presidencia de la Asamblea Nacional, para que disponga su difusión y se incluya en el orden del día, a fin de desarrollar el proceso correspondiente.

Corresponderá al juicio del Pleno determinar si procede la censura y destitución del Ministro del Trabajo, paso que requiere al menos el voto favorable de 91 de los 137 miembros del pleno.


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